Artículo Disposición final segundaDisposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «.
Santiago de Compostela, 29 de junio de 2012.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.
Norma publicada: 29 de junio de 2012